Galapagar (BOCM-20250701-92)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 310

MARTES 1 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 155

El tercer día anterior a la constitución de la nueva Corporación se celebrarán sesiones del Ayuntamiento
Pleno, Junta de Gobierno Local y de las comisiones informativas, que serán convocadas sólo para aprobar
el acta de la última sesión o sesiones celebradas y el acta de la propia sesión, que será leída antes de
levantarse ésta, para su aprobación.
El alcalde en funciones del Ayuntamiento que deba cesar, antes de constituirse la nueva Corporación,
firmará el acta de arqueo, tras la cual quedará paralizada la formalización de pagos e ingresos hasta que
forme una nueva acta de arqueo el nuevo alcalde, una vez tomada posesión del cargo.
El alcalde en funciones ordenará también que se elabore un estado de las altas y bajas producidas en
el patrimonio del Ayuntamiento desde la última rectificación del inventario aprobado, que deberá ser
suscrito por él y por el alcalde/sa entrante.
Artículo 40. Alcalde en funciones.
Al alcalde en funciones corresponde realizar las actuaciones necesarias para la correcta y más
adecuada entrada de la nueva Corporación, y del nuevo alcalde.
Hasta la toma de posesión del nuevo alcalde, el alcalde en funciones ejercerá su cargo, y cuidará
especialmente de asegurar que la sesión de constitución de la Corporación se desarrolle sin alteraciones
del orden, impartiendo las instrucciones precisas para ello.
Artículo 41. Mesa de edad y toma de posesión de los miembros electos.
La sesión constitutiva de la Corporación comenzará con la formación de la mesa de edad, tal y como
se contempla en la LOREG, con la comprobación de las credenciales y las declaraciones de bienes y
actividades de los candidatos por parte del secretario del Ayuntamiento que dará fe de este hecho.
Tras comprobar el cumplimiento de los requisitos previos para la toma de posesión del cargo y la
asistencia a la sesión del número mínimo de asistentes para su válida celebración, el presidente de la
mesa de edad dará paso a la toma de posesión de los concejales mediante el juramento o promesa de su
desempeño.
La toma de posesión se realizará mediante llamamiento que el secretario de la Corporación hará
siguiendo el orden alfabético de apellido de los miembros electos, salvo el presidente de la mesa de edad,
que será el último en jurar o prometer su cargo.
Con la fórmula de juramento o promesa los candidatos adquieren la plena condición de concejales del
Ayuntamiento de Galapagar y desde este momento asumen los derechos y obligaciones inherentes a este
cargo. En este momento se les entregarán los atributos externos que acrediten su condición de concejales
de la Corporación, tal y como queda regulado en el Reglamento de Protocolo del Ayuntamiento de
Galapagar.
Artículo 42. Sesiones extraordinarias sobre organización municipal.
1. Dentro de los treinta días hábiles que sigan a la constitución de la Corporación, el alcalde convocará
la sesión o sesiones extraordinarias del Pleno de la Corporación que sean necesarias para tratar los
siguientes puntos:
Periodicidad de las sesiones del Pleno.
Creación y composición de las comisiones informativas.
Nombramiento de representantes de la Corporación cuya designación sea competencia del Pleno.
Determinación de los cargos en régimen de dedicación exclusiva, con dedicación parcial, con
expresión del régimen de dedicación mínima necesaria y retribuciones y de las indemnizaciones
por asistencias a órganos colegiados previstos en el ROM y otra normativa.
e. Determinación del número, características y retribuciones del personal eventual.

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