Galapagar (BOCM-20250701-92)
Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 155
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 337
Corresponde al alcalde, como presidente de la Corporación, la creación, modificación y supresión de
las áreas de gobierno, que realizará mediante decreto de la alcaldía, dando cuenta de ello al Pleno en la
primera sesión que celebre tras su firma.
Las áreas de gobierno estarán dirigidas por un teniente de alcalde, a quien corresponderá la dirección
del área y de los servicios administrativos que comprende, el ejercicio de las competencias que hayan sido
delegadas por la alcaldía y la responsabilidad política de la gestión.
Artículo 128. La oposición municipal
La oposición municipal estará formada por los concejales que no tienen encomendada la dirección de
servicios municipales ni el ejercicio de facultades propias del gobierno municipal
Es función básica de la oposición municipal realizar la labor de control de la acción de gobierno, con
lealtad institucional y de acuerdo con los mecanismos de control establecidos en este reglamento y en las
demás normas de aplicación. También será función de la oposición municipal la presentación de iniciativas,
en los términos establecidos en este reglamento.
Artículo 129. Servicios de directa dependencia de la alcaldía
1. La alcaldía se podrá organizar en diferentes departamentos: gabinete de alcaldía, secretaría
particular de alcaldía, prensa y comunicación, protocolo y relaciones institucionales y otros gabinetes que
se consideren oportunos.
2. Corresponde al alcalde la dirección superior de las oficinas y departamentos adscritos directamente
a la alcaldía para su apoyo inmediato.
Artículo 130. Gabinete de alcaldía
1. El gabinete de alcaldía se encarga de la asistencia y asesoramiento inmediato y permanente al
alcalde. Bajo su dependencia directa, realiza tareas de confianza y asesoramiento especial.
2. En el gabinete se integran los asesores y colaboradores del alcalde que desempeñen las funciones
indicadas en el apartado anterior. Se adscribirán al servicio por el alcalde, a quien corresponde su
nombramiento y cese libremente.
3. Para el cumplimiento de sus funciones, los miembros del gabinete podrán recabar de todos los
servicios del Ayuntamiento cuanta información consideren necesaria.
4. En el caso del personal eventual, los nombramientos y ceses se harán con los límites y de la forma
regulada en la normativa vigente. En todo caso, cesarán cuando cese o expire el mandato del alcalde que
los nombró.
CAPÍTULO II
La administración municipal
Artículo 131. La administración municipal
Son notas distintivas de la administración municipal la profesionalidad, el régimen estatutario o laboral
y la estricta neutralidad en el ejercicio de las funciones públicas.
BOCM-20250701-92
La administración municipal está integrada por el personal que presta servicios profesionales en el
Ayuntamiento de Galapagar, bajo una relación estatutaria o laboral, integrados en las unidades
administrativas que conforman la estructura administrativa del Ayuntamiento, que se reflejará en el
organigrama.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 155
MARTES 1 DE JULIO DE 2025
Pág. 337
Corresponde al alcalde, como presidente de la Corporación, la creación, modificación y supresión de
las áreas de gobierno, que realizará mediante decreto de la alcaldía, dando cuenta de ello al Pleno en la
primera sesión que celebre tras su firma.
Las áreas de gobierno estarán dirigidas por un teniente de alcalde, a quien corresponderá la dirección
del área y de los servicios administrativos que comprende, el ejercicio de las competencias que hayan sido
delegadas por la alcaldía y la responsabilidad política de la gestión.
Artículo 128. La oposición municipal
La oposición municipal estará formada por los concejales que no tienen encomendada la dirección de
servicios municipales ni el ejercicio de facultades propias del gobierno municipal
Es función básica de la oposición municipal realizar la labor de control de la acción de gobierno, con
lealtad institucional y de acuerdo con los mecanismos de control establecidos en este reglamento y en las
demás normas de aplicación. También será función de la oposición municipal la presentación de iniciativas,
en los términos establecidos en este reglamento.
Artículo 129. Servicios de directa dependencia de la alcaldía
1. La alcaldía se podrá organizar en diferentes departamentos: gabinete de alcaldía, secretaría
particular de alcaldía, prensa y comunicación, protocolo y relaciones institucionales y otros gabinetes que
se consideren oportunos.
2. Corresponde al alcalde la dirección superior de las oficinas y departamentos adscritos directamente
a la alcaldía para su apoyo inmediato.
Artículo 130. Gabinete de alcaldía
1. El gabinete de alcaldía se encarga de la asistencia y asesoramiento inmediato y permanente al
alcalde. Bajo su dependencia directa, realiza tareas de confianza y asesoramiento especial.
2. En el gabinete se integran los asesores y colaboradores del alcalde que desempeñen las funciones
indicadas en el apartado anterior. Se adscribirán al servicio por el alcalde, a quien corresponde su
nombramiento y cese libremente.
3. Para el cumplimiento de sus funciones, los miembros del gabinete podrán recabar de todos los
servicios del Ayuntamiento cuanta información consideren necesaria.
4. En el caso del personal eventual, los nombramientos y ceses se harán con los límites y de la forma
regulada en la normativa vigente. En todo caso, cesarán cuando cese o expire el mandato del alcalde que
los nombró.
CAPÍTULO II
La administración municipal
Artículo 131. La administración municipal
Son notas distintivas de la administración municipal la profesionalidad, el régimen estatutario o laboral
y la estricta neutralidad en el ejercicio de las funciones públicas.
BOCM-20250701-92
La administración municipal está integrada por el personal que presta servicios profesionales en el
Ayuntamiento de Galapagar, bajo una relación estatutaria o laboral, integrados en las unidades
administrativas que conforman la estructura administrativa del Ayuntamiento, que se reflejará en el
organigrama.