D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20250702-51)
Convenio –  Convenio de 18 de junio de 2025, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresarios de las Industrias del Mueble, Carpintería y Afines de la Comunidad de Madrid (AFAMID) para la concesión directa de una subvención para la realización durante 2025 y 2026 de acciones incluidas en el VII Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2025-2028
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 272

MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2025

B.O.C.M. Núm. 156

cláusula SEGUNDA del presente convenio, que servirá para extraer conclusiones sobre el estado
preventivo de las actividades realizadas.
E)

Cuadro estadístico de consultas y visitas de asesoramiento (Documento 6 SEN bis)
Estará firmado por el responsable del Proyecto con el visto bueno de uno de los firmantes del
convenio, según procedimiento de actuación establecido en el IRSST, indicando el número de
acciones y porcentaje de cada una de ellas realizado por cada uno de los técnicos, así como la
identificación de éste, a través del nombre, apellidos y DNI.

11.2.2

Documentación técnica:
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
a)

Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.

b)

Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material
elaborado en el formato adecuado para su visualización y su posible utilización posterior
por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas del presente convenio de propiedad
intelectual.

De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico,
firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el que conste identificada
la persona o empresa receptora, de dicho material con el visto bueno del representante legal
correspondiente. Este cuadro deberá ser entregado igualmente en soporte Excel.
En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por
la oficina de correos o factura emitida por el centro en el que se adquieran los sellos en el caso de correo
ordinario, o en el supuesto de correo certificado relación de certificados expedida por Correos.
Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse por parte de los
firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin para el que
previsiblemente se utilizará.
No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias del
propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe considerarse
únicamente la entrega al destinatario final, trabajador, empresario o empresa.
Cuando se realicen distribuciones de material editado en ferias, stands, puntos móviles
informativos y otros actos similares, se justificará la entrega a los destinatarios finales mediante
documento firmado por uno de los firmantes del convenio indicando el número y tipo de los ejemplares
distribuidos.

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