D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20250704-27)
Convenio – Convenio de 21 de mayo de 2025, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Autónoma de Madrid, para el desarrollo de prácticas formativas por parte de estudiantes del Grado de Ingeniería Biomédica en Centros Sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 158
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
Pág. 239
3.4. La relación entre las partes para la consecución del objeto del presente convenio, no comporta ningún vínculo laboral ni administrativo. Los estudiantes que desarrollen
prácticas en el marco del presente convenio no percibirán retribución alguna por su realización. El desempeño de las prácticas, entendido como parte de la etapa formativa, no se considerará prestación de servicios, y tampoco quedarán los estudiantes vinculados a la Administración de la Comunidad de Madrid, ni durante la vigencia del convenio ni a su
terminación, sin perjuicio de su participación en los procesos selectivos que permiten el acceso a la función pública.
3.5. Podrá procederse a la rescisión anticipada de las prácticas mediante presentación escrita por parte del tutor académico de una justificación razonada a la Oficina de Prácticas Externas de la UAM y, si procede, al responsable académico de las prácticas de la Facultad, que determinarán la validez de dicha justificación.
Cuarta
Cobertura de riesgos
Los estudiantes matriculados están cubiertos por el seguro de responsabilidad suscrito por la UAM. Asimismo en el caso de ser mayores de 28 años deberán suscribir un seguro de accidentes adicional.
Para cubrir posibles daños y responsabilidades derivadas de la ejecución del convenio,
la UAM dará cobertura a estas contingencias mediante la contratación de responsabilidad
civil/patrimonial por siniestros por daños propios o a terceros que pudieran ser causados por
sus alumnos.
Quinta
5.1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
Garantizar el cumplimiento adecuado de las actividades formativas previstas en el
convenio; supervisando el adecuado desarrollo de las mismas.
5.2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Ajustar el contenido del Programa de Prácticas Formativas del grado de Ingeniería
Biomédica en centros sanitarios del SERMAS a sus necesidades organizativas, de
modo que no entorpezca el normal desenvolvimiento de las actividades de los centros sanitarios.
— Poner a disposición del programa formativo, el dispositivo asistencial que facilite
la tutorización del aprendizaje del estudiante.
5.3. La Universidad Autónoma de Madrid se compromete a:
— Presentar el Programa de Prácticas Formativas estableciendo claramente objetivos, contenidos, actividades, identidad de los estudiantes, calendarios, sistemas de
evaluación.
— Proporcionar a los alumnos en prácticas una identificación como tales, que deberán llevar puesta mientras permanezcan en centro hospitalario.
— Respetar el horario pactado en el centro para la realización de la formación práctica,
así como las normas de disciplina interna y de seguridad e higiene en el trabajo.
— Reconocer la labor del personal sanitario que colabore en las labores de docencia teórico-prácticas, expidiendo un certificado de tutorización en el que conste el número
de horas realizadas con un máximo de 140 horas en cada una de las asignaturas.
— Poner a disposición de los dispositivos asistenciales las instalaciones de la biblioteca de la UAM para la consulta de recursos bibliográficos e instrumentales para
colaboraciones con los profesionales (investigaciones, reuniones científicas, etc.),
así como la posibilidad de asistir a programas de reciclaje, cursos, cursillos y otras
actividades académicas que organice, siempre de acuerdo con la normativa y procedimientos establecidos en las normas de la UAM.
— La UAM garantizará, mediante la correspondiente certificación, para el supuesto
de que ésta sea necesaría, que los estudiantes que realicen las prácticas no poseen
antecedentes de delitos sexuales, conforme a lo previsto en el artículo 57.1 de la
Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
BOCM-20250704-27
Compromisos de las partes
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 158
VIERNES 4 DE JULIO DE 2025
Pág. 239
3.4. La relación entre las partes para la consecución del objeto del presente convenio, no comporta ningún vínculo laboral ni administrativo. Los estudiantes que desarrollen
prácticas en el marco del presente convenio no percibirán retribución alguna por su realización. El desempeño de las prácticas, entendido como parte de la etapa formativa, no se considerará prestación de servicios, y tampoco quedarán los estudiantes vinculados a la Administración de la Comunidad de Madrid, ni durante la vigencia del convenio ni a su
terminación, sin perjuicio de su participación en los procesos selectivos que permiten el acceso a la función pública.
3.5. Podrá procederse a la rescisión anticipada de las prácticas mediante presentación escrita por parte del tutor académico de una justificación razonada a la Oficina de Prácticas Externas de la UAM y, si procede, al responsable académico de las prácticas de la Facultad, que determinarán la validez de dicha justificación.
Cuarta
Cobertura de riesgos
Los estudiantes matriculados están cubiertos por el seguro de responsabilidad suscrito por la UAM. Asimismo en el caso de ser mayores de 28 años deberán suscribir un seguro de accidentes adicional.
Para cubrir posibles daños y responsabilidades derivadas de la ejecución del convenio,
la UAM dará cobertura a estas contingencias mediante la contratación de responsabilidad
civil/patrimonial por siniestros por daños propios o a terceros que pudieran ser causados por
sus alumnos.
Quinta
5.1. La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, se compromete a:
Garantizar el cumplimiento adecuado de las actividades formativas previstas en el
convenio; supervisando el adecuado desarrollo de las mismas.
5.2. El Servicio Madrileño de Salud se compromete a:
— Ajustar el contenido del Programa de Prácticas Formativas del grado de Ingeniería
Biomédica en centros sanitarios del SERMAS a sus necesidades organizativas, de
modo que no entorpezca el normal desenvolvimiento de las actividades de los centros sanitarios.
— Poner a disposición del programa formativo, el dispositivo asistencial que facilite
la tutorización del aprendizaje del estudiante.
5.3. La Universidad Autónoma de Madrid se compromete a:
— Presentar el Programa de Prácticas Formativas estableciendo claramente objetivos, contenidos, actividades, identidad de los estudiantes, calendarios, sistemas de
evaluación.
— Proporcionar a los alumnos en prácticas una identificación como tales, que deberán llevar puesta mientras permanezcan en centro hospitalario.
— Respetar el horario pactado en el centro para la realización de la formación práctica,
así como las normas de disciplina interna y de seguridad e higiene en el trabajo.
— Reconocer la labor del personal sanitario que colabore en las labores de docencia teórico-prácticas, expidiendo un certificado de tutorización en el que conste el número
de horas realizadas con un máximo de 140 horas en cada una de las asignaturas.
— Poner a disposición de los dispositivos asistenciales las instalaciones de la biblioteca de la UAM para la consulta de recursos bibliográficos e instrumentales para
colaboraciones con los profesionales (investigaciones, reuniones científicas, etc.),
así como la posibilidad de asistir a programas de reciclaje, cursos, cursillos y otras
actividades académicas que organice, siempre de acuerdo con la normativa y procedimientos establecidos en las normas de la UAM.
— La UAM garantizará, mediante la correspondiente certificación, para el supuesto
de que ésta sea necesaría, que los estudiantes que realicen las prácticas no poseen
antecedentes de delitos sexuales, conforme a lo previsto en el artículo 57.1 de la
Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
BOCM-20250704-27
Compromisos de las partes